TEST DE OPINIÓN

A TRAVÉS DEL SIGUIENTE LINK PUEDES RESPONDER A UNA ENCUESTA QUE NOS PERMITIRÁ APORTAR EN EL MEJORAMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN CAMILO PONCE ENRIQUEZ.

https://docs.google.com/forms/d/1WWKbQkfeOEHnJ5hQa8bbhtC_QOyPHqbBeqjzw7M2ZT4/viewform

miércoles, 9 de julio de 2014

ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

A continuación se describe la Ordenanza de Participación Ciudadana en Camilo Ponce Enriquez.

ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DEL CANTON CAMILO PONCE ENRIQUEZ.
TITULO I.
ÁMBITO Y FINES GENERALES DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Art.l.- Ámbito.- La presente Ordenanza regula la Participación Ciudadana, en todo el proceso de gestión y decisión del Gobierno Autónomo Descentralizado de Camilo Ponce Enriquez, conforme a los principios y normas constitucionales y legales sobre la materia.

Art.2.- Principios y Valores.- La Participación Ciudadana del Cantón Camilo Ponce Enriquez, se fundamenta en principios y valores como la igualdad, ética laica, autonomía social, complementariedad, subsidiariedad, transparencia, publicidad, oportunidad, participación, democratización, corresponsabilidad,
integridad, imparcialidad, independencia, interculturalidad, diversidad, deliberación pública, eficiencia y eficacia. No se utilizará con fines políticos electorales.

Art. 3.- De los fines de la Participación.- las ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a participar individual y colectivamente en forma protagónica en las Art.4.- Creación de la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana.-

Crease la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana del cantón CAMILO PONCE ENRIQUEZ, con Sede en la cabecera cantonal; podrá reunirse en cualquier parte de la circunscripción territorial del Cantón, definido en la convocatoria.

Art.5.- De los Integrantes.- Los integrantes de la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana del Cantón CAMILO PONCE ENRIQUEZ no percibirán dietas, honorarios o cualquier forma de retribución; estará integrada de la siguiente manera:

a) Por el Alcalde y/o Alcaldesa.
b) Por los Concejales y/o Concejalas
c) Las Presidentas o Presidentes de las Juntas Parroquiales Rurales del Cantón;
d) La Jefa o Jefe Político del cantón.
e) La Directora o Director del Centro de Salud.
f) Un o una representante del Ministerio de Educación;
g) Representantes de otras Instituciones Públicas relevantes del cantón.
h) Dos representantes de la Liga Deportiva Cantona! procurando la equidad de
género.
i) Ocho representantes de cada barrio urbano y Rural del cantón, debidamente registrado en la Secretaría General del Concejo, procurando la equidad de género.
j) Dos representantes de cada Organización profesional, Gremial, de género, generacional o social con jurisdicción cantonal, previamente inscrita en la Secretaría General del Concejo Municipal; y las ciudadanas y.ciudadanos que individualmente tengan interés en participar en la gestión del Gobierno Municipal del Cantón Camilo Ponce Enriquez, procurando la equidad de género.
k) Dos delegados o delegadas del Comité Cívico Cantonal procurando equidad
de género.

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